Jubilaciones

Jubilación por art. 145 (Ley 17738)




Dónde presentar la solicitud


Inicia la gestión enviando un correo electrónico a mesadeestudio@cjppu.org.uy, así se le indicará la documentación y formularios a completar.


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666666

ABOGADO - PROCURADOR

555555

ARQUITECTO - INGENIERO CIVIL

4444

CONTADOR

3333333

INGENIERO AGRÓNOMO - VETERINARIO

22222222

QUÍMICO FARMACÉUTICO

1111111111


Condiciones para acceder a la jubilación por art. 145 (ley 17.738).


Cumplir con las condiciones establecidas en los arts. 145 y 146 de la Ley 17738 y Decreto 413/004.